El conductor incurre en una infracción al artículo 20.1.5F del Reglamento General de Circulación por circular con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,50 gramos por 1000 c.c., que es la reglamentariamente establecida.
Importe de 500€ con una detracción de 4 puntos
El conductor incurre en una infracción al artículo 20.1.5J del Reglamento General de Circulación por circular con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,50 gramos por mil c.c., que es la reglamentariamente establecida, sobrepasando los 1,00 gr/l
Importe de 1000€ con una detracción de 6 puntos
Instrucción diligencias al artículo 379.2 del Código Penal
Artículo 379.
1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
2. Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas.
En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.