PÉRDIDA DE VIGENCIA POR SENTENCIA JUDICIAL:
- Tras STS 4387/2025 se crea Jurisprudencia y se establece que el NO cumplimiento de la pena accesoria ( Realización del curso de sensibilización y reeducación vial) una vez cumplido el periodo de pérdida de vigencia ya no será considerado un Delito de quebrantamiento de condena (Articulo C.P. 468) debiendo quedar dichos hechos encuadrados en el ámbito administrativo, concretamente éste artículo remitido a la JPT.
- Anotar en la denuncia que tras una pérdida de vigencia superior a 2 años por sentencia judicial una vez cumplida la condena el conductor no realiza el curso de sensibilización y reeducación vial.
- STS 4387/2025. Descargar
PÉRDIDA VIGENCIA EDICTAL:
- Anotar en la denuncia que el conductor queda enterado de la pérdida de vigencia de la JPT correspondiente (N.º expediente). Se entrega copia al denunciado.
- Confeccionar ACTA INFORMACIÓN DECLARACIÓN PÉRDIDA VIGENCIA. Descargar